Actualización de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas sobre prestaciones
El texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas incorpora modificaciones orientadas a mejorar la acción protectora y la equidad en el sistema.
La actualización, introducida mediante el Real Decreto-ley 31/2026, busca adaptar el sistema a nuevas realidades sociales y sanitarias. Entre las novedades destacan la regulación de supuestos especiales de incapacidad temporal, específicamente para el trastorno menopáusico secundario codificado y las lesiones derivadas de la violencia de género, integrando así una perspectiva de género en la protección social.
Asimismo, se reformulan diversas prestaciones para garantizar una mayor suficiencia económica. Se modifica el parámetro de las pensiones extraordinarias por terrorismo, sustituyendo el triple del indicador público de renta por el doble del salario mínimo interprofesional. También se flexibilizan los requisitos de acceso a la pensión de viudedad para parejas de hecho con hijos en común y se incrementan las pensiones de orfandad en casos de violencia contra la mujer.
Por último, se introducen mejoras en la prestación por cuidado de menores con enfermedades graves, permitiendo su reconocimiento sin necesidad de ingreso hospitalario si el tratamiento tiene la misma intensidad, y posibilitando su percepción simultánea por ambos progenitores para fomentar la corresponsabilidad.
Claves prácticas para el despacho
Afecta directamente a la cuantía y acceso de prestaciones críticas para militares y personal de las Fuerzas Armadas, reduciendo la litigiosidad en pensiones de viudedad y ampliando la cobertura por incapacidad temporal.
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