Inmobiliario y Urbanismo ·

Nueva limitación de precios en la venta de viviendas públicas estatales

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Nueva limitación de precios en la venta de viviendas públicas estatales
Ilustración editorial de contexto jurídico Raimundo AI

El texto consolidado de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas incorpora una restricción permanente al precio de venta de inmuebles gestionados por la entidad CASA 47.

La actualización de la norma, introducida mediante el Real Decreto-ley 29/2026, modifica la disposición adicional vigésima para establecer un tope en la enajenación de viviendas de titularidad pública o promovidas en solares residenciales cedidos a la entidad CASA 47. El precio de venta no podrá superar el módulo más alto de vivienda protegida vigente en la comunidad autónoma donde se ubique el inmueble.

Esta limitación tiene un alcance preventivo y duradero, ya que se extenderá a las sucesivas transmisiones del activo. Para garantizar su eficacia, la restricción deberá incorporarse obligatoriamente en los pliegos y títulos de adjudicación, además de inscribirse en el Registro de la Propiedad. En el caso de viviendas que ya cuenten con protección pública, esta medida empezará a operar una vez finalizado su plazo de protección original.

Asimismo, la reforma regula el traspaso de inmuebles del Patrimonio del Estado y de la Seguridad Social a CASA 47, permitiendo que la contraprestación de estas últimas se instrumente, en algunos casos, mediante la condonación de deuda por parte del Ministerio de Hacienda.

Claves prácticas para el despacho

Afecta directamente a la valoración y comercialización de activos públicos y a la seguridad jurídica de los compradores de viviendas estatales, al quedar estas sujetas a un límite de precio permanente.

Edición generada con inteligencia artificial — la misma tecnología que impulsa Raimundo AI — y verificada sobre fuentes oficiales (BOE, EUR-Lex, CENDOJ, TEAC, DGT). Puede contener imprecisiones: contraste siempre con la fuente oficial.

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