Unión Europea ·

El SIS ya permite registrar datos de nacionales de terceros países

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El SIS ya permite registrar datos de nacionales de terceros países
Ilustración editorial de contexto jurídico Raimundo AI

La Comisión Europea ha fijado la fecha de operatividad para que los Estados miembros gestionen descripciones de información sobre ciudadanos extracomunitarios en el Sistema de Información de Schengen (SIS).

Esta decisión regula el momento a partir del cual los Estados miembros pueden introducir, actualizar y suprimir descripciones de información sobre nacionales de terceros países en el SIS, siempre que sea en interés de la Unión. Esta medida se fundamenta en el artículo 37 bis del Reglamento (UE) 2018/1862 y el Reglamento (UE) 2022/1190.

El objetivo es que la información sobre personas implicadas en terrorismo o delitos graves, facilitada por organizaciones internacionales o terceros países y propuesta por Europol, se transmita en tiempo real a los agentes de primera línea. Para ello, se han completado ya las adecuaciones técnicas y jurídicas coordinadas entre la Comisión, Europol y eu-LISA.

La norma es aplicable a los Estados miembros, incluyendo a Dinamarca, Irlanda y los países asociados al acervo de Schengen (Islandia, Noruega, Suiza y Liechtenstein), tras haberse verificado el correcto funcionamiento de los sistemas nacionales (N.SIS) y la unidad de apoyo técnico (CS-SIS).

Claves prácticas para el despacho

Afecta al control fronterizo y la cooperación judicial penal, impactando en la defensa de clientes extranjeros que puedan verse afectados por alertas en el SIS basadas en datos de terceros países.

Edición generada con inteligencia artificial — la misma tecnología que impulsa Raimundo AI — y verificada sobre fuentes oficiales (BOE, EUR-Lex, CENDOJ, TEAC, DGT). Puede contener imprecisiones: contraste siempre con la fuente oficial.

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