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El TJUE valida el cálculo de usuarios para designar plataformas VLOP

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El TJUE valida el cálculo de usuarios para designar plataformas VLOP
Ilustración editorial de contexto jurídico Raimundo AI

El Tribunal General confirma la potestad de la Comisión Europea para designar plataformas de muy gran tamaño (VLOP) basándose en datos de terceros y rechaza metodologías de cálculo que subestimen artificialmente la audiencia.

La sentencia analiza el conflicto entre la Comisión Europea y la plataforma 'Stripchat' sobre la metodología para calcular el promedio mensual de destinatarios activos en la UE, requisito clave según el Reglamento (UE) 2022/2065 (DSA) para ser clasificada como VLOP (umbral de 45 millones).

El Tribunal ha validado el uso de datos de proveedores externos (Similarweb) y ha rechazado la aplicación de la 'tasa de rebote' sobre los visitantes únicos. Según el fallo, aplicar este filtro supondría una reducción artificial de la cifra real, ya que la métrica de usuarios únicos ya incluye un filtrado técnico de visitas accidentales.

Asimismo, el Tribunal desestima que la falta de un acto delegado detallado sobre el concepto de 'destinatario activo' vulnere la seguridad jurídica. Considera que la definición del artículo 3.p del DSA y sus considerandos son suficientes, recayendo en el operador la responsabilidad de emplear métodos técnicos fiables.

Claves prácticas para el despacho

Confirma que la Comisión puede usar datos externos para imponer obligaciones de VLOP y que los plazos administrativos breves (10 días) para responder son legales si la empresa ya dispone de los datos.

Edición generada con inteligencia artificial — la misma tecnología que impulsa Raimundo AI — y verificada sobre fuentes oficiales (BOE, EUR-Lex, CENDOJ, TEAC, DGT). Puede contener imprecisiones: contraste siempre con la fuente oficial.

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