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La UE amplía los datos estadísticos obligatorios sobre IVA y CESOP

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La UE amplía los datos estadísticos obligatorios sobre IVA y CESOP
Ilustración editorial de contexto jurídico Raimundo AI

La Comisión Europea modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 79/2012 para incluir nuevas métricas sobre la lucha contra el fraude y el régimen de pequeñas empresas.

Esta norma regula la ampliación de la lista de datos estadísticos que los Estados miembros deberán comunicar a la Comisión Europea. El objetivo es permitir una evaluación precisa del funcionamiento del sistema electrónico central de información sobre pagos (CESOP), herramienta clave en la cooperación administrativa para combatir el fraude en el ámbito del IVA.

Asimismo, la modificación introduce la obligación de remitir datos estadísticos relativos al régimen especial de las pequeñas empresas. Esta medida busca garantizar un seguimiento eficaz de la aplicación de dicho régimen, en línea con lo establecido en la Directiva (UE) 2020/285 y el Reglamento (UE) n.º 904/2010.

Dado que el reglamento fue publicado el 6 de octubre de 2026, entrará en vigor el próximo 26 de octubre de 2026. A partir de esa fecha, se obligará a los Estados miembros a integrar estas nuevas categorías de datos en sus comunicaciones estadísticas hacia la Comisión.

Claves prácticas para el despacho

El aumento del control estadístico sobre el CESOP y el régimen de pequeñas empresas sugiere una vigilancia más estrecha de la UE sobre el flujo de pagos y el cumplimiento del IVA.

Edición generada con inteligencia artificial — la misma tecnología que impulsa Raimundo AI — y verificada sobre fuentes oficiales (BOE, EUR-Lex, CENDOJ, TEAC, DGT). Puede contener imprecisiones: contraste siempre con la fuente oficial.

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