La UE refuerza su arquitectura de respuesta ante amenazas espaciales
El Consejo de la Unión Europea ha aprobado una nueva Decisión para coordinar la respuesta ante comportamientos hostiles en el espacio ultraterrestre, derogando la normativa anterior de 2021.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta norma regula la arquitectura de respuesta a las amenazas espaciales de la Unión Europea (STRA), ampliando su ámbito de aplicación para hacer frente a riesgos derivados de sistemas explotados por terceros Estados o sociedades mercantiles. El objetivo es proteger la infraestructura, los servicios espaciales esenciales y los procesos democráticos frente a intentos de manipulación, alteración o destrucción de activos en el espacio.
La Decisión establece un conjunto de instrumentos de seguridad espacial que complementan los marcos de ciberdiplomacia y amenazas híbridas. Para garantizar la agilidad, se faculta al Alto Representante de la Unión para adoptar respuestas provisionales en casos de urgencia (en un lapso de pocas horas), las cuales deberán ser revisadas por el Consejo en un plazo máximo de cuatro semanas.
El sistema se basa en la coordinación entre el Consejo, el Alto Representante, la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial y los Estados miembros. Se destaca que la activación de la STRA será una decisión soberana y voluntaria de cada Estado miembro o grupo de Estados cuando se vea afectada su seguridad, territorio o capacidades espaciales bajo su control.
Impacta en empresas del sector aeroespacial y defensa, ya que redefine la protección de infraestructuras críticas y la gestión de riesgos operativos en el ámbito espacial europeo.
La UE autoriza el uso del biocida Pyblast EW en Eslovenia
La Comisión Europea permite la ampliación de una medida excepcional para combatir el cangrejo de río rojo, una especie invasora que amenaza los ecosistemas acuáticos eslovenos.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta Decisión de Ejecución autoriza la comercialización y el uso del biocida Pyblast EW en las zonas de Lopata y Medlog, en Eslovenia. La medida se fundamenta en el artículo 55, apartado 1, del Reglamento (UE) n.º 528/2012, que permite autorizaciones excepcionales cuando exista un peligro para el medio ambiente o la salud animal que no pueda controlarse por otros medios.
El objetivo es la erradicación del cangrejo de río rojo (Procambarus clarkii), especie incluida en la lista de invasoras preocupantes de la Unión según el Reglamento (UE) n.º 1143/2014. La autoridad eslovena ha justificado que métodos alternativos —como la pesca eléctrica, barreras físicas o el secado de cursos de agua— resultaron ineficaces o inviables, siendo el Pyblast EW la opción más eficaz y menos gravosa ambientalmente.
La Comisión ha concedido una ampliación de 180 días a la medida original debido a que diversos pasos técnicos y procedimientos de protección medioambiental retrasaron la aplicación práctica sobre el terreno, impidiendo completar el proyecto de erradicación en el plazo inicial.
Es un precedente sobre la aplicación de autorizaciones excepcionales de biocidas bajo el Reglamento (UE) 528/2012 para combatir especies invasoras.
La UE permite a Chequia usar óxido de etileno para proteger su patrimonio cultural
La Comisión Europea ha concedido una excepción a Chequia para autorizar biocidas con óxido de etileno destinados específicamente a la conservación de bienes culturales.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión regula la excepción al artículo 19, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.º 528/2012, permitiendo que Chequia autorice el uso de óxido de etileno en biocidas para la protección de objetos del patrimonio cultural. Esta medida se aplica a materiales sensibles como archivos, colecciones de bibliotecas, museos y patrimonio fotográfico o cinematográfico, compuestos principalmente por proteínas y polisacáridos.
El legislador justifica esta medida basándose en que el óxido de etileno es la única técnica eficaz para controlar organismos nocivos (bacterias, virus, hongos y esporas) sin dañar materiales orgánicos sensibles al calor. Se ha determinado que alternativas como la anoxia, la radiación gamma o la congelación resultan insuficientes, ya que no eliminan completamente los microorganismos o degradan la estabilidad de la celulosa y los pigmentos.
Para garantizar la seguridad, el uso de esta sustancia quedará restringido a personal formado en instalaciones especializadas. El proceso obligará a realizar ventilaciones en varias etapas y el uso de unidades de eliminación de gases residuales («abator») mediante combustión catalítica para evitar emisiones a la atmósfera.
Es un precedente sobre la aplicación de excepciones nacionales al Reglamento de biocidas por motivos de interés cultural y técnico especializado.
La UE permite a Eslovaquia usar óxido de etileno en patrimonio cultural
La Comisión Europea ha concedido una excepción a Eslovaquia para autorizar biocidas con óxido de etileno destinados a la protección de archivos y bienes culturales.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión regula el uso excepcional de biocidas que contienen óxido de etileno en Eslovaquia, una sustancia que previamente no había sido aprobada para desinfectantes y alguicidas (tipo de producto 2) según el Reglamento (UE) n.º 528/2012.
La medida se fundamenta en el artículo 55, apartado 3, del citado Reglamento, tras determinarse que el óxido de etileno es la única técnica eficaz para combatir la contaminación microbiológica en archivos y museos sin dañar los materiales. El legislador justifica que alternativas como la anoxia, la radiación gamma o la congelación resultan insuficientes contra mohos y bacterias o provocan la degradación de la celulosa en los documentos.
Para mitigar los riesgos asociados a la peligrosidad de la sustancia, la norma exige que la desinfección se realice exclusivamente en instalaciones especializadas, mediante cámaras de fumigación que cuenten con un «abator» para evitar emisiones a la atmósfera y fases de ventilación posterior para eliminar residuos de gas.
Es relevante para despachos con clientes en el sector de la gestión cultural o química, al sentar un precedente sobre excepciones nacionales al Reglamento de Biocidas por motivos de conservación patrimonial.
La UE amplía las sanciones restrictivas contra la República Democrática del Congo
Entrada en vigor: 30-09-2026
El Consejo de la Unión Europea actualiza la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas debido a la situación en la República Democrática del Congo.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión modifica la Decisión 2010/788/PESC para ajustar el régimen de sanciones a las determinaciones del Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Concretamente, se procede a la inclusión de seis personas y dos entidades en el régimen de medidas restrictivas.
La norma implica un movimiento administrativo de sujetos sancionados: cuatro personas y una entidad que ya figuraban en el anexo II de la Decisión 2010/788/PESC son trasladadas al anexo I. Esta reorganización responde a la necesidad de aplicar las medidas restrictivas conforme a la Resolución 1533 (2004) del Consejo de Seguridad de la ONU.
Es fundamental para el cumplimiento normativo (compliance) de clientes con operaciones internacionales, ya que altera la lista de sujetos con los que está prohibido operar.
El Consejo de la UE nombra a un nuevo miembro del Comité de las Regiones
La Unión Europea ha formalizado el nombramiento de un representante alemán para cubrir una vacante en el Comité de las Regiones hasta 2030.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión regula el nombramiento de D. Torsten Welling como miembro del Comité de las Regiones, sustituyendo a D. Heike Raab tras la finalización de su mandato nacional.
El nombramiento se fundamenta en el artículo 305 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 300.3 del Tratado, que exigen que los integrantes de este órgano sean representantes de entes regionales y locales con mandato electoral o responsabilidad política ante una asamblea elegida. En este caso, el designado ostenta la condición de secretario de Estado de la Cancillería del Estado federado de Renania-Palatinado.
El nuevo miembro ejercerá sus funciones durante el periodo restante del mandato actual, el cual concluirá el 25 de enero de 2030.
Es una actualización orgánica de un órgano consultivo clave en la gobernanza europea que afecta a la representación de los entes regionales.
La UE refuerza la investigación internacional sobre armas químicas y biológicas
El Consejo de la Unión Europea ha aprobado una nueva decisión para apoyar el Mecanismo del Secretario General de las Naciones Unidas encargado de investigar el presunto uso de este tipo de armamento.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión regula la contribución de la Unión Europea para fortalecer la capacidad multilateral de investigación ante el presunto empleo de armas químicas y biológicas. La medida se enmarca en la Estrategia de la UE contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y busca dar soporte al Mecanismo del Secretario General de la ONU, autoridad facultada por la Resolución A/RES/42/37C de la Asamblea General y la Resolución 620 (1988) del Consejo de Seguridad para determinar los hechos en casos de presunto uso de estas armas.
El legislador justifica esta acción basándose en que la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (Biológicas) y Toxínicas (CABT) carece de un órgano permanente con competencia para realizar tales investigaciones. Por ello, la Unión Europea busca colaborar en el desarrollo de un marco que garantice una respuesta internacional coordinada y una capacidad permanente de coordinación para efectuar investigaciones independientes.
Aunque es una norma de carácter diplomático y de seguridad internacional, define el marco de cooperación de la UE en el cumplimiento de tratados globales de desarme y no proliferación.
Austria nombra a un nuevo suplente para el Comité de las Regiones
El Consejo de la Unión Europea ha formalizado la designación de Jakob Wolf como representante suplente de Austria en el Comité de las Regiones.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión regula la cobertura de una vacante en el Comité de las Regiones tras el fin del mandato nacional de la anterior suplente, Sonja Ledl-Rossmann. El nombramiento de Jakob Wolf, quien ejerce como presidente del Parlamento estatal de Tirol, se ajusta a lo establecido en el artículo 300, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que exige que los miembros del Comité sean representantes de entes regionales y locales con mandato electoral o responsabilidad política ante una asamblea elegida.
El nuevo suplente ejercerá sus funciones durante el periodo restante del mandato actual, el cual finaliza el 25 de enero de 2030, conforme a la composición general determinada previamente por la Decisión (UE) 2019/852 y la actualización de miembros efectuada mediante la Decisión (UE) 2025/71.
Es un nombramiento administrativo de carácter institucional que no genera impacto operativo directo en la práctica jurídica de los despachos.
La UE prorroga la asistencia militar al ejército de Benín
El Consejo de la Unión Europea ha extendido el plazo de aplicación de las medidas de apoyo a las Fuerzas Armadas beninesas a través del Fondo Europeo de Apoyo a la Paz.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión prorroga el periodo de aplicación de la Decisión (PESC) 2024/1455 durante ocho meses adicionales. En concreto, el marco de asistencia militar se extenderá desde el 21 de noviembre de 2026 hasta el 21 de julio de 2027.
La medida se encuadra en el Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP), instrumento mediante el cual la Unión Europea canaliza el apoyo a países terceros para fortalecer sus capacidades de defensa y seguridad.
Interesa a despachos especializados en derecho internacional, defensa y contratación pública con proyectos vinculados a fondos de seguridad de la UE.
La UE prorroga la misión de asistencia fronteriza en Rafah
El Consejo de la Unión Europea ha extendido el mandato de la Misión de asistencia fronteriza para el paso de Rafah (EU BAM Rafah) durante nueve meses adicionales.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión modifica la Acción Común 2005/889/PESC con el objetivo de prolongar la operatividad de la misión EU BAM Rafah. La prórroga responde a la información facilitada por Israel y la Autoridad Palestina, en un contexto donde la Unión Europea busca respaldar el Derecho internacional y una paz duradera basada en la solución de dos Estados.
La medida se alinea con la voluntad del Consejo Europeo de aplicar el Plan Integral para Poner Fin al Conflicto de Gaza, siguiendo las directrices de la Resolución 2803 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esta resolución insta a todas las partes a respetar el alto el fuego y los principios jurídicos internacionales pertinentes.
El Consejo advierte que la misión se desarrolla en un entorno volátil que podría deteriorarse, lo que supondría un riesgo para la consecución de los objetivos de la acción exterior de la Unión previstos en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.
Suministra información relevante para despachos con clientes involucrados en operaciones internacionales o consultoría en derecho público y relaciones exteriores en la zona de conflicto.
La UE financiará el refuerzo de la Guardia Costera de Cabo Verde
El Consejo de la Unión Europea ha aprobado una medida de asistencia económica para fortalecer las capacidades militares y de defensa de Cabo Verde.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión regula la financiación de infraestructuras, equipos y servicios esenciales destinados a reforzar la Guardia Costera de Cabo Verde. La medida se enmarca en el Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP), cuyo objetivo, según el artículo 1, apartado 2, de la Decisión (PESC) 2021/509, es financiar acciones que refuercen las capacidades de terceros Estados en asuntos militares y de defensa.
La iniciativa responde a la necesidad de combatir amenazas en el ámbito marítimo de África Occidental, tales como la piratería, el tráfico de drogas y armas, la trata de seres humanos y la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). El legislador destaca la posición geoestratégica de Cabo Verde como punto de conexión entre África, Europa y América, lo que hace imperativo el fortalecimiento de sus Fuerzas Armadas para proteger las rutas comerciales y la biodiversidad.
La ejecución de estas medidas deberá ajustarse a la Posición Común 2008/944/PESC y a las normas de ejecución de ingresos y gastos del FEAP. Aunque la norma se publica ahora, se establece que la admisibilidad de ciertos gastos comenzará el 17 de diciembre de 2025 para garantizar la continuidad de las operaciones y evitar interrupciones en el apoyo brindado.
Es relevante para despachos con clientes en el sector de defensa, seguridad marítima o empresas contratistas de suministros militares en el ámbito de la cooperación internacional UE.
La Unión Europea prorroga las sanciones restrictivas contra Burundi
Entrada en vigor: 30-09-2026
El Consejo de la UE ha decidido extender el marco de medidas restrictivas aplicables a Burundi para mantener la presión política en la región.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión modifica la Decisión (PESC) 2015/1763 con el objetivo concreto de prorrogar la vigencia de las medidas restrictivas establecidas originalmente en octubre de 2015. La prórroga se ha determinado tras una revisión del Consejo sobre la situación actual en Burundi.
En consecuencia, el régimen de sanciones seguirá operativo hasta el 31 de octubre de 2027. Esta medida se fundamenta en el artículo 29 del Tratado de la Unión Europea, que regula la política exterior y de seguridad común.
Es fundamental para los despachos con clientes que operen en mercados internacionales o gestionen activos vinculados a entidades burundesas el cumplimiento de estas restricciones.
La UE prorroga el mandato de la misión policial en Palestina
El Consejo de la Unión Europea ha extendido la operatividad de la Misión de Policía EUPOL COPPS en los Territorios Palestinos hasta junio de 2027.
Decisión (UE) · 29-09-2026
Esta decisión prorroga el mandato de la Misión de Policía de la Unión Europea para los Territorios Palestinos (EUPOL COPPS) durante nueve meses adicionales, fijando su término el 30 de junio de 2027. La medida modifica la Decisión 2013/354/PESC para asegurar la continuidad de la asistencia policial en la región.
La prórroga se fundamenta en la revisión estratégica coordinada realizada por el Comité Político y de Seguridad, que incluyó también la misión de asistencia fronteriza en Rafah. El legislador europeo vincula esta continuidad a la adhesión al Derecho internacional y a la búsqueda de una paz basada en la solución de dos Estados, alineándose con la Resolución 2803 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el Plan Integral para Poner Fin al Conflicto de Gaza.
El Consejo advierte que la misión se desarrolla en un entorno volátil, reconociendo que el deterioro de la situación en el terreno podría dificultar el cumplimiento de los objetivos de acción exterior de la Unión previstos en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea.
Suministra un marco temporal actualizado sobre la presencia y legitimidad de las misiones de seguridad de la UE en un área de alta conflictividad geopolítica.
El puerto de Køge se incorpora a la lista de puertos autorizados de la UE
Entrada en vigor: 06-10-2026
La Comisión Europea aprueba la inclusión del puerto danés de Køge en el listado de instalaciones que cumplen los requisitos de control de capturas pesqueras.
Reglamento (UE) · 29-09-2026
Esta norma regula la inclusión del puerto de Køge en la lista de puertos que pueden aplicar la excepción a los márgenes de tolerancia en las estimaciones de capturas. Esta medida afecta específicamente a los desembarques o transbordos sin clasificar procedentes de pesquerías de pequeños pelágicos, pesquerías industriales y pesquerías de atún tropical con redes de cerco con jareta.
Para obtener esta calificación, el puerto ha debido acreditar el cumplimiento de los artículos 2 y 3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1474. En concreto, la Comisión ha verificado que Køge dispone de básculas, separadores de agua para el pesaje exacto, conductos de muestreo y un sistema de seguimiento electrónico mediante cámaras de CCTV. Asimismo, el pesaje queda bajo la responsabilidad de terceras partes autorizadas e independientes, conforme al artículo 3.3 del citado reglamento.
El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2155 entrará en vigor el próximo 6 de octubre de 2026, fecha a partir de la cual el puerto de Køge quedará formalmente integrado en la lista establecida por el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/897.
Afecta a los operadores del sector pesquero que utilicen este puerto, al permitirles operar bajo un régimen de excepción en los márgenes de tolerancia de las capturas.
La UE autoriza nuevos aditivos aromatizantes para piensos animales
Entrada en vigor: 19-10-2026
La Comisión Europea ha aprobado el uso de aceites esenciales de clavo de olor y hoja de clavo como aditivos organolépticos para todas las especies animales.
Reglamento (UE) · 29-09-2026
Esta norma regula la autorización del aceite esencial de clavo de olor, el aceite esencial de hoja de clavo y la fracción rica en beta-cariofileno de este último (procedentes de Syzygium aromaticum) como aromatizantes en la alimentación animal. La medida se fundamenta en el artículo 5 del Reglamento (CE) n. o 1831/2003, tras un dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria que confirma que no suponen riesgos para los animales, los consumidores ni el medio ambiente.
El Reglamento establecerá un contenido máximo de estos aditivos en los piensos completos debido a la presencia de metileugenol. Asimismo, permitirá su uso simultáneo con otros aditivos, siempre que el contenido combinado de p-alilalcoxibencenos no supere el límite del aditivo autorizado con mayor concentración para la especie animal correspondiente.
Es importante destacar que la norma prohibirá el uso de estos aromatizantes en el agua para beber, ya que el marco regulador actual no lo permite. Además, se exigirán medidas de protección para los usuarios que manipulen estas sustancias, dado que han sido identificadas como irritantes y sensibilizantes cutáneos y respiratorios.
Afecta al cumplimiento normativo de clientes dedicados a la fabricación de piensos y alimentación animal, quienes deberán ajustar sus fórmulas y medidas de seguridad laboral a partir del 19 de octubre de 2026.
La UE amplía la lista de sanciones contra la RD del Congo
Entrada en vigor: 30-09-2026
El Consejo de la Unión Europea actualiza el régimen de medidas restrictivas aplicables a personas y entidades vinculadas a la situación en la República Democrática del Congo.
Reglamento (UE) · 29-09-2026
Este reglamento modifica la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1183/2005 para incluir a seis personas y dos entidades en la lista de sujetos afectados por medidas restrictivas. Esta decisión responde a la determinación del Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado bajo la Resolución 1533 (2004).
La norma implica un traslado administrativo de sujetos dentro del marco sancionador: cuatro personas y una entidad que ya figuraban en el anexo I bis del Reglamento (CE) n.º 1183/2005 pasan a integrarse en el anexo I, donde se consolidan las restricciones aplicables.
Es fundamental para los despachos con clientes que operen en mercados internacionales revisar la actualización de las listas de sanciones para evitar riesgos de cumplimiento normativo.