Flexibilidad en franquicias aduaneras e IVA para cruces fronterizos con Ucrania
El TEAC analiza la potestad discrecional de los Estados miembros para flexibilizar las exenciones fiscales y arancelarias en la frontera entre la UE y Ucrania.
El Tribunal Económico-Administivo Central ha fijado que las directrices operativas de la Comisión Europea permiten a los Estados miembros aplicar un criterio flexible en la gestión de las fronteras exteriores. Esta facultad afecta específicamente a las franquicias arancelarias y exenciones de IVA reguladas en el Reglamento (CE) nº 1186/2009 y en la Directiva 2009/132/CE.
Sin embargo, esta discrecionalidad no es absoluta ni arbitraria. El TEAC establece que el ejercicio de dicha potestad está sujeto al control de los tribunales económico-administrativos, quienes podrán revisar la legalidad de los actos dictados.
En concreto, la revisión judicial se centrará en aspectos controlables como la motivación de la decisión, el procedimiento seguido, los hechos que justifican la aplicación de la franquicia o exención y la proporcionalidad de la medida adoptada.
Claves prácticas para el despacho
Permite a los despachos impugnar actuaciones administrativas que, amparándose en la discrecionalidad fronteriza, carezcan de motivación o proporcionalidad.
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