El TEAC aclara el cómputo del IVA en las solicitudes de devolución
El Tribunal Económico-Administrativo Central precisa cómo debe calcularse el importe del impuesto incluido en las solicitudes de devolución del IVA.
La resolución analiza la interpretación del artículo 31.5 del Reglamento de IVA (Real Decreto 1624/1992), centrándose en la determinación del importe del impuesto que debe figurar en la solicitud de devolución.
El criterio fijado establece que el importe del impuesto incluido en la solicitud debe referirse a la totalidad de las facturas de las operaciones por las que se pretende la devolución, y no debe desglosarse ni calcularse por cada factura individualmente.
Con esta decisión, el TEAC reitera la doctrina ya establecida en su resolución del 19 de junio de 2025, aportando seguridad jurídica sobre el cumplimiento formal de estos procedimientos.
Claves prácticas para el despacho
Evita que la Administración deniegue o impugne solicitudes de devolución por errores en el desglose de las cuotas de IVA soportadas.
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