La UE formaliza la participación de Japón en sus programas de investigación
El Consejo de la Unión Europea ha autorizado la firma y aplicación provisional de un acuerdo que permite al Gobierno de Japón integrarse en los programas de la Unión.
Esta decisión regula el marco de cooperación y las condiciones para que Japón participe en los programas de la Unión, basándose en los artículos 186 y 212 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. El objetivo es instaurar un sistema duradero de colaboración técnica y científica entre ambas potencias.
El punto central del acuerdo es la asociación de Japón al pilar II del Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa» (2021-2027), centrado en los desafíos mundiales y la competitividad industrial europea. Para ello, se ha establecido un Protocolo específico que define los términos de participación, asegurando que Japón cumple los criterios del Reglamento (UE) 2021/695.
Para garantizar la operatividad inmediata, la norma establece la aplicación provisional del acuerdo. Esto permitirá que entidades japonesas actúen como entidades de un país asociado en el programa Horizonte Europa, manteniendo un equilibrio justo entre las contribuciones financieras y los beneficios obtenidos, sin que Japón adquiera capacidad decisoria sobre los programas comunitarios.
Claves prácticas para el despacho
Facilita la colaboración estratégica y el acceso a fondos de I+D para clientes con intereses en innovación tecnológica y proyectos conjuntos entre la UE y Japón.
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