La DGT valida la neutralidad fiscal en aportaciones inmobiliarias por motivos económicos
La Dirección General de Tributos analiza si la aportación de inmuebles y personal a una sociedad puede beneficiarse del régimen de neutralidad fiscal.
La consulta se centra en determinar si la aportación no dineraria de locales, viviendas, plazas de garaje y la subrogación de un trabajador cumplen los requisitos del artículo 87 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (LIS) para ser calificada como aportación no dineraria especial.
En este sentido, la DGT analiza si los motivos económicos invocados —específicamente la protección patrimonial, la optimización de los riesgos de responsabilidad y la búsqueda de una gestión especializada del inmovilizado— son suficientes para aplicar el régimen de neutralidad fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la LIS, el cual permite diferir la tributación de la operación.
Claves prácticas para el despacho
Permite al abogado asesorar sobre la viabilidad de reorganizaciones patrimoniales inmobiliarias evitando el impacto fiscal inmediato mediante el régimen de neutralidad.
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