La UE deniega la ampliación de usos de la sustancia básica Urtica spp.
La Comisión Europea ha rechazado la inclusión de nuevas recetas y aplicaciones fitosanitarias para la ortiga (Urtica spp.), manteniendo sus usos actuales.
La norma deniega la ampliación del uso de la sustancia básica Urtica spp. solicitada por Collot Agriculture, que pretendía introducir una nueva receta basada en la maceración de ortiga con levadura (Saccharomyces cerevisiae) y extender su aplicación como fungicida e insecticida en diversos cultivos, incluyendo fresas, zanahorias y espárragos.
El legislador fundamenta esta negativa en que la adición de levadura convierte el producto en un producto fitosanitario convencional, excluyéndolo del régimen de sustancias básicas previsto en el artículo 23 del Reglamento (CE) n.º 1107/2009. Asimismo, se ha determinado que no existe información suficiente para garantizar que la nueva receta no tenga efectos nocivos en la salud humana, animal o el medio ambiente, ni se ha acreditado su eficacia como estimulador de defensas vegetales.
No obstante, el Reglamento introduce dos ajustes técnicos: adapta la descripción de los usos ya aprobados a los códigos del sistema armonizado de la OEPP y corrige un error administrativo previo, reconociendo el 'concentrado en suspensión' como tipo de formulación admitida, además del concentrado dispersable.
Claves prácticas para el despacho
Afecta a los clientes del sector agrícola y fitosanitario que pretendían comercializar o utilizar nuevas preparaciones de ortiga bajo el régimen simplificado de sustancias básicas.
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