Nuevo procedimiento para la destrucción de protocolos especiales de protestos mercantiles
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública regula el proceso de eliminación de tomos de protestos de letras de cambio y otros documentos mercantiles.
Esta Instrucción regula el procedimiento para la destrucción completa, organizada por anualidades, de los tomos de protocolos especiales de protestos de letras de cambio y otros documentos mercantiles. La medida se fundamenta en el artículo 37 de la Ley del Notariado (según la redacción de la Ley 11/2023), que faculta a la Dirección General para autorizar dicha eliminación y determinar qué actas deben conservarse como muestra representativa de la actividad.
El objetivo es unificar el criterio de actuación para todos los custodios implicados, ya sean notarios, Archivos de Distrito o Archivos Generales de los Colegios Notariales. Con este marco homogéneo, se busca garantizar la trazabilidad del proceso, la confidencialidad de la información y el cumplimiento de la normativa de protección de datos durante la fase de preservación y destrucción documental.
Claves prácticas para el despacho
Afecta a la gestión documental de los protocolos mercantiles y garantiza la seguridad jurídica en la eliminación de documentos sensibles.
Edición generada con inteligencia artificial — la misma tecnología que impulsa Raimundo AI — y verificada sobre fuentes oficiales (BOE, EUR-Lex, CENDOJ, TEAC, DGT). Puede contener imprecisiones: contraste siempre con la fuente oficial.