La UE mantiene los derechos antidumping al papel térmico de Corea
Entrada en vigor: 21-10-2026La Comisión Europea prorroga las medidas contra las importaciones de papel térmico pesado coreano tras constatar que su eliminación provocaría la reaparición del perjuicio para la industria comunitaria.
Reglamento (UE) · 20-10-2026
El Reglamento (UE) 2026/2311 establece la continuidad de un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinado papel térmico pesado originario de la República de Corea. Esta decisión se toma tras una reconsideración por expiración basada en el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036, al determinarse que la expiración de las medidas probablemente daría lugar a la continuación del dumping y a la reaparición del perjuicio para los productores de la Unión.
La Comisión ha concluido que el dumping ha persistido durante el periodo de investigación, con un margen estimado del 11,4 %. El legislador destaca que la industria coreana posee una capacidad de producción significativa —al menos cinco veces superior a su consumo interno— y que el mercado europeo es especialmente atractivo por su tamaño y por la demanda de calidades sin fenol, lo que incentivaría un flujo masivo de importaciones a precios injustos si se eliminaran las protecciones.
En cuanto al impacto en la industria de la Unión, se ha observado una caída de la rentabilidad y la productividad, así como una reducción del empleo (14 % en el periodo considerado). La Comisión sostiene que, aunque factores como el aumento de los costes de energía y la caída del consumo general han afectado al sector, las importaciones coreanas a bajo precio han impedido la recuperación de la industria y han ejercido una presión insostenible sobre los precios de venta.