El TJUE valida sanciones a empresas estatales por 'vínculo objetivo' con regímenes
El Tribunal General de la UE confirma el mantenimiento de la congelación de activos a la empresa bielorrusa Belaz, sentando doctrina sobre los criterios de 'apoyo' a regímenes autoritarios.
La sentencia aclara que, para imponer medidas restrictivas basadas en el apoyo o beneficio a un régimen, no es necesario demostrar que la empresa tenga capacidad de influir en los gobernantes. Basta con acreditar un 'vínculo objetivo', como ocurre cuando una entidad es de propiedad estatal y genera ingresos que sostienen financieramente al gobierno, independientemente de su capacidad de presión política.
En cuanto a la carga probatoria, el Tribunal establece que en contextos de regímenes autoritarios con opacidad financiera, el Consejo puede basar la permanencia de las sanciones en pruebas estructurales. Esto incluye la propiedad estatal, la posición dominante en el mercado y datos de ventas externas, sin que sea obligatoria una investigación financiera exhaustiva y nueva en cada renovación.
Finalmente, el Tribunal desestima la vulneración de los derechos de propiedad y libertad de empresa (artículos 16 y 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE). Determina que la congelación de activos es una medida proporcional y necesaria para alcanzar el objetivo legítimo de promover la democracia y los derechos humanos.
Claves prácticas para el despacho
Refuerza la capacidad de la UE para mantener sanciones contra entidades estatales extranjeras basándose en pruebas circunstanciales y estructurales, dificultando la anulación de estas medidas por falta de pruebas financieras actualizadas.
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