La UE autoriza el aceite esencial de nuez moscada como aditivo para piensos
La Comisión Europea regula el uso del aceite esencial de nuez moscada en la alimentación animal, clasificándolo como aromatizante para todas las especies.
Esta norma autoriza el uso del aceite esencial de nuez moscada procedente de Myristica fragrans Houtt. como aditivo organoléptico en la categoría de aromatizantes para todas las especies animales. No obstante, la Comisión ha denegado expresamente la solicitud de permitir su uso en el agua para beber, ya que el Reglamento (CE) n. o 1831/2003 no permite la autorización de aromatizantes en dicha vía.
La autorización se fundamenta en el dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, que concluye que la sustancia no plantea riesgos para los animales ni para los consumidores. Sin embargo, debido a que el aceite contiene safrol (≥ 0,1 %), está clasificado como sustancia cancerígena de categoría 1B, lo que obligará a implementar medidas de protección para minimizar la exposición de los usuarios y establecerá un contenido máximo del aditivo en los piensos completos.
En cuanto a la coexistencia con otros productos, se permitirá el uso simultáneo de este aceite con otros aditivos, siempre que el contenido combinado de p-alilalcoxibencenos (incluyendo metileugenol, estragol, elemicina, safrol, miristicina, dilapiol y apiol) no supere el límite resultante del aditivo autorizado con mayor contenido de estas sustancias.
Claves prácticas para el despacho
Afecta al asesoramiento de empresas del sector agroalimentario y fabricantes de piensos, quienes deberán ajustar sus fórmulas y protocolos de seguridad laboral a partir del 8 de octubre de 2026.
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