Nuevas obligaciones de transparencia e información en los contratos de trabajo
El Real Decreto 723/2026 transpone la normativa europea para garantizar que los trabajadores tengan mayor previsibilidad y claridad sobre sus condiciones laborales.
Esta norma regula la ampliación de los derechos de información de los trabajadores sobre los elementos esenciales de su contrato, sustituyendo íntegramente el Real Decreto 1659/1998. Entre las novedades más destacadas, se establece la obligación de informar a la persona trabajadora sobre la existencia de sistemas algorítmicos o automatizados de toma de decisiones, basándose en el Reglamento (UE) 2024/1689 sobre inteligencia artificial.
El reglamento detalla la información general obligatoria (artículos 3 y 4), los plazos de cumplimiento y la obligación de comunicar cualquier modificación de dichas condiciones (artículo 5). Asimismo, introduce regulaciones específicas para sectores críticos: el capítulo III desarrolla la formalización escrita de los contratos en el sector de la pesca y el capítulo IV fija el contenido mínimo para los contratos de la gente de mar, siguiendo los estándares del Convenio sobre el trabajo marítimo de 2006.
La norma entrará en vigor el próximo 5 de octubre de 2026. A partir de esa fecha, las empresas deberán ajustar sus comunicaciones contractuales a los nuevos requisitos, aplicándose también estas garantías a las relaciones laborales que ya estén vigentes en el momento de la entrada en vigor, según dispone su disposición transitoria única.
Claves prácticas para el despacho
Obligará a los despachos a revisar los modelos contractuales de sus clientes, especialmente en el uso de IA y en los sectores marítimo y pesquero, para evitar sanciones por falta de transparencia.
Queda formalmente sin efecto: Real Decreto 1659/1998, de 24 de julio, por el que se desarrolla el artículo 8, apartado 5, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en materia de información al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato de trabajo.
Edición generada con inteligencia artificial — la misma tecnología que impulsa Raimundo AI — y verificada sobre fuentes oficiales (BOE, EUR-Lex, CENDOJ, TEAC, DGT). Puede contener imprecisiones: contraste siempre con la fuente oficial.