La UE impone derechos antidumping definitivos a telas de PET chinas
La Comisión Europea establece aranceles definitivos sobre las importaciones de telas sin tejer hiladas de PET originarias de China para combatir el dumping y proteger la industria comunitaria.
La norma establece un derecho antidumping definitivo que se aplicará a las importaciones de telas sin tejer hiladas de PET procedentes de la República Popular China. Esta medida responde a una investigación iniciada en septiembre de 2025 que confirmó que dichas importaciones se realizaban a precios inferiores a su valor normal, causando un perjuicio importante a los productores de la Unión, quienes vieron reducida su cuota de mercado y su rentabilidad.
Los tipos arancelarios varían según la empresa exportadora. Hubei Unibon Nonwovens Co. Ltd se beneficia de un derecho del 39,8 %, mientras que Tiandingfeng Nonwovens Co. Ltd y el resto de empresas no mencionadas específicamente estarán sujetas a un gravamen del 48,1 %. Las demás empresas cooperantes aplicarán un tipo del 47,1 %. Estas medidas se fundamentan en el artículo 9, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/1036.
La Comisión ha rechazado las alegaciones de diversos usuarios industriales, especialmente italianos, que argumentaban que las medidas afectarían a la competitividad de los productos transformados destinados a la exportación. El legislador considera que el interés de la Unión reside en restablecer una competencia leal y que la industria comunitaria tiene capacidad suficiente para cubrir la demanda interna.
Claves prácticas para el despacho
Impacto directo en los costes de importación para clientes del sector textil y de la construcción (membranas impermeables) que se abastezcan de PET chino.
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