La UE refuerza los derechos de compensación y asistencia a pasajeros aéreos
El nuevo Reglamento (UE) 2026/2202 modifica la normativa sobre compensaciones por cancelaciones y retrasos, introduciendo definiciones más estrictas para eximir a las aerolíneas.
La norma regula la protección de los pasajeros aéreos frente a denegaciones de embarque, cancelaciones y retrasos, armonizando la aplicación de los Reglamentos (CE) 261/2004 y (CE) 2027/97. Una de las novedades principales es la definición de «circunstancias extraordinarias»: para que una aerolínea quede exenta de pagar compensaciones, el evento debe ser ajeno al ejercicio normal de su actividad y escapar a su control efectivo. Además, el transportista deberá proporcionar al pasajero una explicación clara, fundamentada y sin jerga jurídica sobre la causa específica de la incidencia.
Se establecen mejoras en la asistencia y el transporte alternativo. Las aerolíneas deberán proponer opciones que incluyan otros transportistas o modos de transporte si ello agiliza la llegada al destino. Asimismo, se introduce el derecho del pasajero a elegir entre el reembolso o un vale por un valor equivalente, y se garantiza que los errores ortográficos en las reservas no sean motivo de denegación de embarque siempre que no impliquen cambios de itinerario o pasajero.
En materia de equipaje y accesibilidad, se obliga a mostrar por defecto la tarifa que incluye el equipaje de mano y se crean protecciones especiales para personas con discapacidad, permitiéndoles realizar declaraciones gratuitas del valor de sus equipos de movilidad para obtener compensaciones íntegras en caso de daño o pérdida. La norma entrará en vigor el próximo 22 de octubre de 2026.
Claves prácticas para el despacho
Aumenta la seguridad jurídica para los clientes en reclamaciones por retrasos y limita la capacidad de las aerolíneas para alegar 'circunstancias extraordinarias' sin pruebas estrictas.
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