Nuevos modelos de autoliquidación y reglas de distancia para expendedurías de tabaco
Se aprueban los nuevos impresos para el pago de tasas y el canon concesional del mercado de tabacos, además de fijar los criterios para medir las distancias entre locales.
La norma regula los nuevos modelos de autoliquidación y liquidación de las tasas previstas en la Ley 13/1998 y el canon concesional establecido en la Ley 50/1998. Esta actualización responde a la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos en los trámites con el Comisionado para el Mercado de Tabacos, conforme al Real Decreto 563/2025.
El ámbito de aplicación abarca la liquidación de servicios como la comprobación de condiciones para el otorgamiento de concesiones, la autorización de puntos de venta con recargo y el reconocimiento de locales o almacenes (ya sea por cambio de emplazamiento o transmisión de titularidad). Asimismo, se regula el canon aplicable a las expendedurías creadas desde 1998, a las transmitidas posteriormente o a aquellas que hayan sufrido una novación relevante en su título concesional.
Por otro lado, la Orden establece un criterio reglamentario general para la medición de distancias entre expendedurías, según lo previsto en los artículos 35 y 39 del Real Decreto 1199/1999. El objetivo es garantizar la seguridad jurídica y el principio de igualdad entre los concesionarios del Estado en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.
Claves prácticas para el despacho
Afecta a la gestión administrativa y fiscal de los clientes titulares de expendedurías de tabaco, obligando al uso de nuevos modelos electrónicos y clarificando el cálculo de distancias en procedimientos ante el Comisionado.
Queda formalmente sin efecto: Orden HAC/475/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación y liquidación de la tasa y el canon establecidos en la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.
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